La Paz 19 mar (Radio Splendid).- La jornada de ayer Wilstermann, levantó acciones legales contra el club Blooming por los actos de discriminación que sufrió Sergio Enrique Francisco (Serginho), en el estadio Tahuichi de Santa Cruz, sin embargo, Blooming en su defensa condena el racismo e inició nuevas demandas contra el equipo aviador y su jugador Serginho.
Medios internacionales se preocuparon del tema y brindan espacios en redes sociales y portales al futbolista que fue agredido verbalmente por los hinchas del Tahuichi. El escándalo se desato por los insultos racistas en contra de Serginho suscitado la noche del domingo en el partido contra el plantel de Blooming. El tema, traspasó las fronteras bolivianas.
El jugador de la camiseta 10 de Wilstermann no soportó los insultos de los hinchas por lo que se retiró del campo de juego a 5 minutos de terminar el partido. En las últimas horas recibió mucho apoyo. Entre tanto, Blooming se expone a que lo multen con jugar al menos un partido sin público y le quiten seis puntos.
El día de hoy, ante el anuncio de la demanda de Wilstermann contra Blooming, el presidente de la academia cruceña, Juan Jordán, anunció una contra demanda en contra de Serginho y el cuerpo técnico del equipo aviador. El proceso fue instalado en el Tribunal de Justicia Deportiva de la Federación Boliviana de Fútbol (FBF).
En la conferencia de prensa, Jordán, rechazó todo acto de discriminación en los campos deportivos de Bolivia e indicó que el club y su persona son víctimas de agresiones cuando salen a jugar fuera del estadio Tahuichi.
“Queremos dar a conocer a la familia bluminista que se ha formulado una denuncia ante el Tribunal de Justicia Deportiva en contra del jugador Sergio Enrique Francisco (Serginho), basándonos en el artículo 74 del Código Disciplinario de la Federación Boliviana de Futbol. Este artículo, habla de las ofensas al público”, indicó Jordán.
Así mismo, manifestó que se formuló otra denuncia ante el mismo tribunal en contra del cuerpo técnico del club Wilstermann, tomando en cuenta el artículo 57, que refiere abandonó del terreno de juego y juego de desgano, presentando por medios probatorios, grabaciones digitales.