La Paz, 18 oct (Radio Splendid).- La defensa de la expresidenta Jeanine Añez informaron que la sentencia anunciada por el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) el pasado viernes no menciona en nombre de Añez ni los términos de «golpe de Estado» o «autoproclamación».
«La sentencia constitucional 0052/2021 del 29 de septiembre pasado, en ningún punto alude o menciona el nombre de Jeanine Añez, menos refiere términos o palabras como ‘golpe de Estado’ o ‘autoproclamación a la presidencia’ como han señalado varias personas y autoridades (…). En ningún punto, apartado, párrafo menciona la palabra vacío de poder que existió o que no existió, es un caso específico para una diferencia que se tiene a nivel de la Cámara de Diputados», recalcó Alaín de Canedo, en rueda de prensa.
Explicaron que la sentencia trata sobre “un tema específico” de supuestos actos y hechos cometidos en la Cámara de Diputados en 2019 y que se trata de un tema que puede tener “varias posturas”, calificando de “bastante confusa”.
El pasado viernes, el TCP divulgó una resolución en la que, sin mencionar a Añez, describe los procedimientos de la sucesión presidencial «ipso facto» que se aplica en caso de renuncia del presidente y vicepresidente del Estado.