El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) inició la aplicación operativa de la Ley N° 1733 de Alivio Tributario, promulgada el 27 de mayo de 2026, que establece un régimen extraordinario, excepcional y por única vez para la condonación y regularización de deudas tributarias.
La norma contempla dos mecanismos principales: la condonación de obligaciones antiguas y la regularización de deudas recientes, de acuerdo con los parámetros fijados por la Ley. El beneficio alcanza a deudas tributarias, incluidas multas, intereses y sanciones vinculadas al IVA, IUE, IT, ITF, regímenes simplificados y especiales.
“La Ley N° 1733 establece una salida concreta para contribuyentes que tenían deudas acumuladas. Desde el Servicio de Impuestos Nacionales ya iniciamos el procesamiento correspondiente para que la condonación y la regularización se apliquen conforme a la norma y a través de procedimientos digitales”, señaló el Presidente Ejecutivo del SIN, Jorge Zogbi Nogales.
La condonación aplica a deudas generadas hasta la gestión 2017, siempre que el tributo omitido sea menor a Bs 10 millones. También alcanza a las deudas de la gestión 2020. Este beneficio opera por fuerza de Ley y será comunicado al contribuyente a través de su Buzón Tributario, mediante el Auto de Extinción por Condonación, a partir del décimo día hábil de publicada la RND.
El contribuyente no deberá presentar solicitudes ni acudir a oficinas para pedir la revisión de su caso. El SIN informó que inició el procesamiento masivo y automático de la condonación, que extinguirá cerca de Bs 20.000 millones en deuda tributaria.
Para las deudas de las gestiones 2018 a 2025, excepto 2020, la Ley habilita un mecanismo de regularización. En estos casos, si el contribuyente cancela el impuesto omitido al contado se reduce el 50% del mantenimiento de valor y quedan condonados los intereses y multas correspondientes. El pago podrá realizarse también mediante Facilidades de Pago de hasta 36 cuotas mensuales. El plazo para acogerse a la regularización es de 120 días desde la promulgación de la Ley.
A partir del décimo día hábil de publicada la RND, y una vez concluido el procesamiento masivo de la condonación, el SIN habilitará el trámite de regularización a través de www.impuestos.gob.bo, ingresando a la Oficina Virtual Tributaria con las credenciales del SIAT en Línea. En la sección “Mi Situación Tributaria”, el sistema mostrará las deudas clasificadas, los montos y el beneficio aplicable. Desde esa misma opción, el contribuyente podrá elegir la modalidad de pago.
La Ley también prevé el levantamiento de medidas coactivas asociadas a las deudas comprendidas en el Alivio Tributario, como retenciones de cuentas bancarias, embargos, hipotecas y otras restricciones. Actualmente existen más de un millón de cuentas con retenciones bancarias vigentes.
Para acceder a los beneficios de la condonación y regularización, los contribuyentes deberán revisar su “Buzón Tributario” o ingresar a www.impuestos.gob.bo con sus credenciales del SIAT en Línea y dirigirse a la Oficina Virtual Tributaria, en las secciones “Mi Situación Tributaria”.
Fuente: Prensa Impuestos Nacionales

