Representantes de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) y dirigentes del sector mototaxis alcanzaron un acuerdo para la indemnización por la provisión de gasolina de mala calidad que generó perjuicios en sus motorizados. El acta establece 12 requisitos para acceder al resarcimiento.
El acuerdo señala que los choferes deben cumplir una serie de requerimientos para formar parte del procedimiento que se ejecutará en coordinación con la compañía de seguros, el reaseguro, el ajustador y peritos técnicos, con el objetivo de cuantificar los daños y proceder a la devolución de recursos.
LEE TAMBIÉN: Trasladan a La Paz al presunto feminicida de Elsa, la mujer que murió estrangulada
Según el documento, los afectados deberán llenar un ‘Formulario de Registro de Afectación’ para ingresar al sistema de registro de casos vinculados a daños en motorizados.
El vicepresidente de YPFB, Sebastián Daroca, explicó que el requerimiento pasará por un ‘ajustador’ y un peritaje técnico para la validación técnica. “Una vez que ese trabajo de peritaje técnico termine y tengamos un resultado, entonces ya vamos a poder cuantificar el monto”, expresó.
LEE TAMBIÉN: Empresas constructoras bloquean el centro de Sacaba por millonaria deuda municipal
Agregó que el acuerdo también dispone que el formulario deberá presentarse junto con una ‘Declaración Jurada’ y la documentación de respaldo correspondiente.
Los requisitos de respaldo que complementan el formulario de registro son los siguientes:
1. RUAT para demostrar la propiedad si se cuenta con el mismo y/o documento de transferencia a presentar.
2. En caso de no contar con el requisito 1, excepcionalmente, deberá presentar una Certificación otorgada por la Federación sobre su afiliación y la custodia del motorizado.
La excepción estará limitada a un porcentaje mínimo extraordinario.
3. Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT).
4. Número de Cuenta bancaria / Billetera Móvil.
5. Nombre del Banco o a nombre de quien sale cheque.
6. Número de celular del afectado.
7. Nombre de la Federación / Institución.
8. Taller o mecánico que reparó el automotor (Si aplica).
9. Recibos o Facturas de la reparación (si se cuenta con los mismos).
10. Categorías
A) Daños Leves
B) Daños Graves
C) Daños Gravísimos: Reparación de culata / Reparación de culata y de cilindro (medio paquete) / Reparación motor completo.
11. Declaración Jurada no notariada ni con firma de abogacía
12. Carnet de identidad del afectado.
Ambas partes firmaron el acta de acuerdo tras la instalación de mesas técnicas en la ciudad de Santa Cruz, el pasado miércoles.

