El Órgano Judicial tiene un plazo de 90 días para elaborar el reglamento y el inventario de los depósitos judiciales prescritos que podrán ser destinados a su funcionamiento, de acuerdo con lo establecido en la Ley 1779 de Prescripción y Consolidación de Depósitos Judiciales, informó este martes el magistrado del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Primo Martínez.
“En el plazo de 90 días tiene que haber la reglamentación pertinente, a efectos de no tener ningún tipo de vacíos, en consideración a que una ley siempre va a ser genérica”, explicó la autoridad, al señalar que la norma requiere precisiones para su aplicación efectiva en todo el sistema judicial.
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Martínez agregó que, dentro del mismo plazo, deberá realizarse una auditoría para determinar cuáles depósitos pueden utilizarse y cuáles no, por lo que aclaró que la disponibilidad de estos recursos no será inmediata y dependerá de la verificación técnica y legal de cada caso.
La Dirección Administrativa y Financiera (DAF) del Órgano Judicial será la instancia encargada de elaborar el inventario de los depósitos judiciales disponibles. Según la Presidencia del TSJ, se estima la existencia de aproximadamente Bs 1.000 millones en estos depósitos, de los cuales cerca del 30% podría ser utilizado por el Órgano Judicial.
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De acuerdo con las autoridades del TSJ, los recursos que se habiliten serán destinados a la incorporación de herramientas tecnológicas, la digitalización de procesos, la renovación de equipos de computación, el descongestionamiento de los juzgados del país y el mejoramiento de la infraestructura judicial.

