El Concejo Municipal de La Paz planteó una Minuta de Comunicación para que el Ejecutivo Municipal revise los casos de contribuyentes afectados por retenciones de fondos en cuentas bancarias por deudas tributarias. La propuesta fue presentada por la secretaria del Concejo, Carola Antezana, en la Sesión Ordinaria N° 58/2026 del 1 de octubre y sugiere un plazo de 90 días para la implementación de medidas de regularización y atención.
La minuta recomienda a la Administración Tributaria Municipal (ATM) la revisión individualizada de casos con presuntas inconsistencias, obligaciones ya canceladas, falta de notificación, retenciones sobre recursos con protección legal como rentas, jubilaciones y beneficios sociales, y problemas por vehículos transferidos que siguen figurando en el RUAT. Según Antezana, son más de 160.000 cuentas congeladas y el objetivo no es evitar el pago, sino que se haga con seguridad jurídica.
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Durante el debate, la secretaria del Concejo cuestionó la forma en que se aplican las medidas y el peregrinaje de los contribuyentes entre oficinas. “Nadie está en contra de pagar sus deudas pendientes, pero lo que estamos pidiendo es que se hagan las cosas bien y que se revise cada caso”, afirmó. Además, desestimó que el municipio pueda cortar el suministro de gasolina por deudas, tras consultas con la ANH.
El concejal Fernando Ruiz expresó su preocupación por los adultos mayores afectados y pidió verificar previamente la situación de cada contribuyente. La propuesta también plantea fortalecer la coordinación entre la ATM, el RUAT y Tránsito para evitar que fallas de registro generen obligaciones a quienes ya no poseen el vehículo, y analizar competencias respecto al sistema B-SISA sin convertirlo en mecanismo de coerción sin respaldo legal.
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La discusión derivó en un debate jurídico sobre el alcance del instrumento. El concejal Juan Carlos Machicao observó que la creación de derechos o procedimientos especiales debe regularse por vía normativa y no por recomendación. Antezana aclaró que la minuta es de carácter recomendatorio y no vinculante, y busca que el cobro se realice con correcta identificación del sujeto obligado, notificación conforme a ley y respeto a los derechos de los contribuyentes.

