Una Sala Constitucional del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba determinó la “nulidad de pleno derecho” de la apertura del juicio de responsabilidades del 25 de marzo de 2009 contra el exministro de Defensa José Carlos Sánchez Berzaín y otros excolaboradores del Gobierno de Gonzalo Sánchez de Lozada, por los hechos de octubre de 2003, conocidos como “Octubre Negro”.
El fallo responde a una acción de libertad presentada por la abogada Patricia Cleobereida Guevara en representación de Sánchez Berzaín y de la exministra de Participación Popular. La Sala declaró probado el recurso contra magistrados del Tribunal Supremo de Justicia y ordenó anular la persecución judicial derivada de los hechos de septiembre y octubre de 2003.
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La principal consecuencia jurídica, según la resolución complementaria, es que el juicio “no haber nacido a la vida jurídica, por ende, sin eficacia legal”. Por eso se dispuso el cese de medidas restrictivas, órdenes y mandamientos de aprehensión contra los accionantes. El beneficio alcanza únicamente a los exministros recurrentes.
El juicio anulado se tramitaba también contra Sánchez de Lozada, miembros de su gabinete y del Alto Mando Militar. Muchos fueron condenados y cumplieron penas. Sánchez Berzaín salió al exilio el 17 de octubre de 2003 junto a Goni y recibió asilo político en Estados Unidos. La sentencia tiene aplicación inmediata, pero debe ir en consulta al Tribunal Constitucional Plurinacional.
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