El Senado sancionó el proyecto de ley de diferimiento de créditos bancarios para vivienda social y la micro y pequeña empresa y suspensión de embargos, y remitió el documento al órgano Ejecutivo para su promulgación.
“La Cámara de Senadores sanciona el Proyecto de Ley 547 de 2024-2025 C.D., ‘Ley excepcional de suspensión temporal de embargos y ejecución de sentencias de procesos judiciales por créditos de vivienda de interés social y diferimiento de créditos, otorgados para vivienda de interés social y créditos a las unidades económicas de tamaño micro y pequeña’ y lo remite al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales de promulgación”, dice una publicación de la entidad legislativa en redes sociales.
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La propuesta establece que, a partir de la publicación de la ley en la Gaceta Oficial, se suspende temporalmente los embargos, remates y ejecuciones de sentencias y otras medidas judiciales vinculadas a estos créditos y difiere los créditos por un periodo de seis meses.
Asimismo, las autoridades financieras deben diferir de forma automática el pago de las cuotas de crédito otorgados para vivienda de interés social y de las unidades económicas productivas, sin modificar las condiciones con las que se otorgaron los préstamos.
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No obstante, el diferimiento no equivale a una condonación de la deuda, sino a una reprogramación temporal de las cuotas de pago, lo que permitirá a los deudores reorganizar sus finanzas y garantiza la continuidad del proceso de liquidación una vez finalizada la suspensión.
El proyecto de ley fue impulsado por microempresarios, pequeños empresarios y autónomos, argumentando dificultades para cumplir con los pagos mensuales debido a fenómenos climáticos, conflictos sociales y la actual situación económica del país.
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En contra parte, sectores empresariales advirtieron que esta medida afectará la estabilidad del sistema financiero y demandaron que sea el nuevo Gobierno el que trate el proyecto de ley “sin la presión de normas contradictorias impuestas a último momento”.
Sin embargo, la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) manifestó que el impacto de la norma en el sistema no será significativo. Según explicó su directora, Ivette Espinoza, la postergación de los pagos no superará el 3% del total de la cartera.
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Pese a ello, el proyecto de Ley fue aprobado en el pleno de la Cámara de Diputados el 12 de septiembre y, luego de su paso por el Senado, el órgano Ejecutivo tiene un plazo de 10 días para reglamentarla mediante un decreto supremo.

