La Sala Constitucional Primera de Pando concedió la tutela a una acción popular dejando sin efecto las elecciones judiciales y dispuso que se deba realizar un nuevo proceso de preselección tras haberse advertido que se vulneró el derecho a la igualdad tanto de las mujeres como de los pueblos indígenas originarios.
La audiencia de acción popular fue presentada por la dirigente indígena y exdiputada del Movimiento Al Socialismo (MAS) Yeni Duri, que no es parte del proceso, pero reclamó una supuesta “discriminación” en el caso de la postulante inhabilitada Mineya Lucindo.
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En la parte resolutiva, la autoridad jurisdiccional consideró que se ha advertido la “vulneración del derecho a la igualdad, tanto de mujeres, como de los pueblos indígenas originarios de este departamento de Pando”.
Y además dispuso que se deba a proceder a realizar “un nuevo un nuevo proceso de preselección de candidatos de elecciones judiciales, basado en la realidad de este departamento de Pando, dictándose las medidas afirmativas adecuadas y flexibles para los habitantes del departamento de Pando como las mujeres en de este departamento”.
En esta causa, se observaba el elemento equidad e igualdad de género que debe garantizar la Ley 1549, del proceso de preselección judicial, y que la accionante señalaba que no se habría cumplido.
Cuando las comisiones mixtas de Constitución y Justicia Plural debían desarrollar la fase de exámenes orales de los 406 postulantes que quedaron hasta ese entonces.