La Paz, 01 de oct (Radio Splendid).- El presidente del Estado, Luis Arce Catacora, promulgó este viernes la Ley 1338, un su artículo único establece: “el registro de comercio estará bajo la tuición del Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural”.
La norma contiene dos disposiciones transitorias sobre la creación de una nueva entidad estatal que estará a cargo de Registro de Comercio y la presentación transitoria de este servicio a cargo de la Concesionaria, en un plazo que será determinado por un Decreto Supremo reglamentario.
“La creación, organización, funcionamiento y financiamiento de la nueva institución pública a cargo del Registro de Comercio, serán reglamentados mediante Decreto Supremo propuesto por el Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, en un plazo de hasta quince (15) días calendario a partir de la vigencia de la presente Ley”, indica la Ley en su primera disposición transitoria.
Según establece la norma en su segunda disposición traditoria: “La Concesionaria del Servicio de Registro de Comercio, prestará el servicio con normalidad, en las mismas condiciones y obligaciones previstas en el contrato de concesión, hasta la conclusión de la transición del Registro de Comercio a la administración del Estado, en el plazo establecido en el Decreto Supremo reglamentario”.
Esta norma anula el artículo 18 de la Ley N° 2196 del 4 de mayo de 2001 del Fondo Especial de Reactivación Económica de Fortalecimiento de Entidades de Intermediación Financiera. Este apartado establecía que el Servicio de Público de Registro de Comercio, sería objeto de concesión temporal para el poder ejecutivo a favor de personas naturales o jurídicas nacionales de derecho privado sin fines de lucro mediante el procedimiento de licitación pública.
Con la aprobación de la Ley 1398 de Registro de Comercio, en 15 días se conocerá los alcances del Decreto Supremo que contendrá las disposiciones para el funcionamiento de una nueva entidad estatal que tendrá a su cargo el Registro de Comercio y determinará el plazo del proceso de transición.