La Subalcaldesa del Distrito Municipal 12, Angélica Torres, anunció la apertura de un centro de atención a los contribuyentes, en las oficinas del Distrito para que la población de más de 63 urbanizaciones cumpla con el pago de impuestos retrasados beneficiándose de la “Rebajita Tributaria”, en el marco de la Ley edil 689.
La autoridad distrital se refirió a la apertura de este espacio: “Nosotros ya hemos dispuesto el ambiente para la atención a los contribuyentes y ya contamos con escritorios, computadoras e impresoras, para atender a todos los vecinos. En nuestro Distrito contamos con 63 urbanizaciones cuyos vecinos están deseosos de pagar sus impuestos y les invitamos a que se apersonen a las instalaciones de la Subalcaldía”.
Recordemos que la alcaldesa de la ciudad de El Alto, Eva Copa, anunció la puesta en vigencia la Ley edil 689 de “Rebajita Tributaria” que condona sistemáticamente los intereses y multas del 100 % a los contribuyentes que cancelen sus impuestos entre los meses de agosto y septiembre; del 70 % en los meses de octubre y noviembre y del 40 % en diciembre.
La oficina de la “Rebajita Tributaria”, atenderá desde las 8 de la mañana hasta las 4 de la tarde respondiendo cualquier inquietud la población: “El horario de atención es de 08.00 a 16.00 horas; sin embargo, si existiera mayor demanda se prevé la extensión de estos horarios a través de un instructivo por parte de la máxima autoridad”.
La población puede pagar sus obligaciones tributarias de diferentes actividades económicas, inmuebles y de vehículos. Agregó que la rebajita Tributaria tienes una vigencia de 150 días :“Se trabajará 150 días con esta rebajita tributaria, los primeros 60 días se tendrá una rebaja del 100 % de multas e intereses y en los próximos 60 días se contará con una rebaja del 60 % y los últimos días estarán con el descuento del 30 %”.
REQUISITOS PARA BIENES INMUEBLES
- Nota de Solicitud – LEY MUNICIPAL «LA REBAJITA TRIBUTARIA» N° 689
- Fotocopia simple de Cedula de identidad
- Dos timbres municipales
- Plano de Lote de Ubicación
- Cualquier comprobante de pago de Impuesto del inmueble que se acogerá al beneficio de la Ley.
REQUISITOS PARA VEHÍCULOS
- Nota de Solicitud- LEY MUNICIPAL «LA REBAJITA TRIBUTARIA» N° 689
- Fotocopia simple de Cedula de identidad
- Poder de representación emitido por Notaria Mayor a un (01) año (Si corresponde)
- Dos timbres municipales
- Fotocopia Simple del documento privado, minuta de compra venta y/o poder notariado que demuestre la traslación de dominio del vehículo.
- Cualquier comprobante de pago de Impuesto del inmueble que se acogerá al beneficio de la Ley.
REQUISITOS PARA ACTIVIDADES ECONOMICAS, PUBLICIDAD Y PROPAGANDA
- Cedula de identidad
- Número de identificación Tributaria (Si corresponde)
- Poder de representación emitido por Notaria de Fe
Pública no mayor a un (01) año
- Factura de Luz
- Comprobante de Pago de la actividad económica o publicidad y propaganda