La Paz, 1 julio (Radio Splendid).- Con una mayoría del MAS, la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) sancionó anoche la Ley Excepcional de Arrendamientos, que reduce el 50% el monto por pago de alquileres a partir de la fecha de declaración de emergencia sanitaria por el coronavirus (17 de marzo) hasta tres meses después de que concluya la cuarentena en todas sus formas. La norma también fija beneficios para LElos propietarios, según los parlamentarios.
A favor del inquilino, la ley reduce en un 50% el canon de alquiler, cuando, a la vigencia de la presente ley, no se hubiera conseguido un acuerdo entre inquilino y propietario para la reducción o diferimiento razonable del canon de alquiler.
A favor del propietario, la norma establece la condonación del pago del impuesto mensual del Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA) hasta el levantamiento de declaración de cuarentena, en sus distintas modalidades.
Las medidas dispuestas se aplicarán a los alquileres pactados de manera verbal o escrita, cuando el canon establecido y calculado de forma mensual no exceda a un máximo de Bs 5. 000 para bienes inmuebles destinados a vivienda; Bs 7. 000 para bienes inmuebles destinados a tiendas o espacios comerciales o prestación de servicios; y Bs 15. 000 para bienes inmuebles destinados a actividad Industrial.
El diputado proyectista, Víctor Borda, destacó también, que la ley establece que durante la cuarentena el propietario no puede desalojar al inquilino de su casa, especialmente a embarazadas, personas de la tercera edad, familias con menores de edad, sujeto a procesos judiciales.
«No se aplica esta ley a los funcionarios públicos que perciben recursos del Tesoro General de la Nación. Ellos están exceptuados de la aplicación de esta reducción. Además, se prohíbe el incremento del canon de alquiler durante la gestión 2020 y quedan en suspenso los procesos de desalojo», finalizó Borda, después de ser aprobada la normativa.
Beneficios de la ley
- Acuerdo Si después de la aprobación de la ley de reducción de alquileres el propietario y el inquilino no llegan a un acuerdo, de forma coercitiva, se dispone la rebaja del 50% del monto del alquiler. Con regulación de un juez de materia civil.
- Impuestos La ley sancionada dispone que para acceder a la condonación del 50% del pago del Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA) emergente por la cancelación de alquileres, el propietario deberá presentar ante el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) un documento o acta de conciliación demostrando la reducción del 50% de alquiler de su bien inmueble durante la cuarentena.
- Desalojo Los inquilinos no podrán ser desalojados mientras dure la pandemia y de haber sido echado del inmueble, puede acudir a la Policía para ser restituido al domicilio. El problema puede ser regulado por un juez de materia civil.
- Cifras Sólo se aplica a los ambientes de uso familiar, alquilados hasta por 5.000 bolivianos. En el caso de tiendas comerciales o de servicio, la norma sólo beneficia a quienes pagan hasta 7.000 bolivianos. Y en el caso de empresas, la cifra del alquiler no debe exceder los 15.000 bolivianos. Si el monto es mayor a esas cifras, no se aplica la norma.
- Funcionarios La rebaja de alquileres no beneficia a los servidores del Estado.
- Prohibición La normativa dispone además el congelamiento del canon de arrendamiento de inmuebles destinados a vivienda, comercio, servicios e industrias hasta el 31 de diciembre de 2020, no pudiendo incrementarse el monto convenido con anterioridad a la promulgación de la ley
- Sentencias La ley suspende la ejecución de sentencias judiciales de desalojo de inmuebles destinados a vivienda por el tiempo que dure la cuarentena en todas sus formas y hasta tres meses posteriores al levantamiento de la medida.
