La Paz, 9 jun (Radio Splendid). – El Ministerio de Trabajo, a través de un comunicado, informó que las empresas públicas y privadas deben presentar sus planillas de sueldos, salarios y accidentes de trabajo, correspondientes a los meses de marzo, abril y mayo «de manera excepcional» hasta el 30 de junio, debido a la pandemia del coronavirus COVID-19; ante el incumplimiento del mismo, se anuncia multas a las empresas.
El comunicado 27/020 señala que esta presentación de documentos se debe realizar a través de la Oficina Virtual de Trámites (OVT) del Ministerio de Trabajo, tal como lo dispone la Resolución Ministerial 232/20.
Al mismo tiempo, en el documento se indica que las empresas o establecimientos laborales del sector privado, que tengan pendientes la presentación de planillas de sueldos, salarios y accidentes de trabajo anteriores al mes de marzo del presente año y que no hayan superado los 180 días de retraso, deberán pagar las multas correspondientes al incumplimiento.
Asimismo, se reitera que ese cómputo se reinició el 1 de junio de la presente gestión, excluyendo del cálculo el periodo transcurrido entre el 22 de marzo hasta el 31 de mayo del presente año.
