El Gobierno de Rodrigo Paz aprobó el Decreto Supremo 5654, que regula la aplicación de descuentos, contribuciones y/o retenciones por planilla destinados a aportes sindicales en las entidades públicas del nivel central del Estado.
La disposición tiene como objetivo reforzar la protección de los ingresos de los servidores públicos y de los beneficiarios de rentas de jubilación, limitando los descuentos a aquellos que cuenten con respaldo legal y evitando retenciones discrecionales.
A partir de la nueva normativa, las deducciones por planilla solo podrán realizarse por conceptos de seguridad social a largo plazo, descuentos por faltas, atrasos o sanciones administrativas, el Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA), órdenes judiciales por asistencia familiar y recuperaciones a favor del Estado derivadas de pagos indebidos.
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Además, el decreto instruye a las entidades públicas suspender cualquier descuento que no se encuentre contemplado entre las causales autorizadas.
La norma deja sin efecto siete decretos supremos vinculados al régimen de descuentos por planilla, entre ellos el Decreto Supremo 0106 de 2009, que regulaba los aportes sindicales del Magisterio Urbano y Rural, y también deroga disposiciones contenidas en otros dos decretos relacionados con la materia.
En adelante, los servidores públicos y jubilados que deseen realizar aportes voluntarios deberán autorizar de forma individual, expresa, verificable y revocable el débito directo desde sus cuentas bancarias.
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Respecto a los jubilados del Sistema Nacional de Reparto (SENASIR), solo se podrá efectuar descuentos correspondientes a la seguridad social de corto plazo, asistencia familiar, recuperaciones en favor del Estado y convenios suscritos con entidades públicas del nivel central.
El decreto también habilita a las entidades territoriales autónomas a implementar medidas similares dentro del ámbito de sus competencias, mientras que las Fuerzas Armadas (FFAA) y la Policía Boliviana quedan excluidas del alcance de esta disposición.
La norma también instruye que las entidades públicas adecuen sus procedimientos administrativos al nuevo régimen de retenciones, con el fin de garantizar que cualquier descuento cumpla las condiciones establecidas.
De esta manera, el Gobierno anula los mecanismos que permitían descuentos por planilla en favor de distintas instituciones mediante convenios administrativos y concentra las retenciones únicamente en las causales definidas por la legislación vigente.

