A través del Decreto Supremo 5548, el Gobierno nacional autoriza, de manera excepcional, a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) y a las refinerías del país la importación de petróleo, con el objetivo de garantizar el abastecimiento al mercado interno.
“En el marco de la emergencia energética y social establecida por el Decreto Supremo N° 5517, de 13 de enero de 2026, y con la finalidad de garantizar el abastecimiento de combustibles en el mercado interno, el presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar de manera excepcional a YPFB y a las refinerías la importación de Petróleo”, reseña la norma publicada en la Gaceta Oficial el 18 de febrero.
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La norma, firmada por el presidente del Estado, Rodrigo Paz, y el gabinete de ministros, dispone que la petrolera estatal podrá suscribir contratos con las refinerías para la importación de petróleo destinado a su procesamiento, en el contexto de las medidas excepcionales aplicadas por el órgano Ejecutivo para asegurar el suministro de combustible.
“Las refinerías que adquieran petróleo importado para su procesamiento deben comercializar los productos refinados a YPFB o al distribuidor mayorista”, se señala en la norma.
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El artículo 4 de la norma señala que los volúmenes del petróleo importado serán programados y asignados por el Comité de Producción y Demanda (PRODE), en función a las necesidades del mercado interno, la capacidad de transporte y el potencial de procesamiento de las refinerías, con base en la información proporcionada por YPFB y otros actores del sector.
La calidad del petróleo importado deberá cumplir los parámetros técnicos que serán establecidos, mediante una resolución ministerial, por el Ministerio de Hidrocarburos y Energías.
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“Las refinerías deben garantizar la calidad del petróleo a ser importado y cumplir con los parámetros técnicos de calidad establecidos por el Ministerio de Hidrocarburos y Energías”, dice parte del segundo parágrafo del artículo seis.
Asimismo, el Decreto Supremo 5548 establece que la importación de petróleo y posterior comercialización de sus productos regulados en el mercado interno, realizada por YPFB o las refinerías, no estarán sujetas a subvención.
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En diciembre de 2025, el Gobierno de Rodrigo Paz eliminó la subvención a los hidrocarburos y, en consecuencia, el encarecimiento del precio de la gasolina y el diésel.
Respecto al precio de venta, la norma señala que los productos regulados derivados del petróleo importado se comercializarán conforme al reglamento de costos vigente. Además, podrán ser mezclados o no con aditivos de origen vegetal.
Adicionalmente, fija una alícuota específica del Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus Derivados (IEHD) de cero bolivianos por litro para los productos regulados resultantes del procesamiento de petróleo importado.
Esta alícuota tendrá un plazo de un año a partir de la vigencia del decreto.
El Ministerio de Hidrocarburos y Energías deberá reglamentar la normativa en un plazo de hasta 15 días hábiles desde su publicación oficial.

