La presidenta del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), Paola Prudencio, aclaró que la figura de interpelación continúa plenamente vigente, al igual que la posibilidad de destitución establecida en la Ley 1350, aunque recomendó a la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) aprobar una ley para regular que el ministro de Estado, en caso de ser censurado, sea designada nuevamente en el cargo.
Prudencio aclaró que tanto la facultad de interpelar como el efecto de destitución se mantienen vigentes, y lo único que fue declarado inconstitucional es la disposición que prohibía al presidente del Estado volver a designar, por un periodo de tres años, a una autoridad que hubiera sido destituida por el órgano Legislativo.
LEE TAMBIÉN: “Los responsables van a caer”: Paz denuncia “boicot” por gasolina de baja calidad y anuncia sanciones
“La interpelación subsiste, lo que ha sido declarado inconstitucional son los efectos de la interpelación. Es decir, había una prohibición de que, si un ministro era censurado, el efecto consecuente era su destitución, sin embargo, esta misma ley establecía que el ministro censurado no podía ser designado nuevamente en los siguientes tres años posteriores a su destitución, este efecto de la censura fue declarado inconstitucional”, precisó la magistrada en entrevista con Radio Fides.
Explicó que dicha restricción fue anulada por el TCP, por lo que el mandatario conserva la atribución de nombrar nuevamente al alto funcionario en el mismo cargo, aun si previamente fue removida mediante interpelación.
LEE TAMBIÉN: La Paz concluye agenda carnavalera con Corcova en Villa Victoria este domingo 1 de marzo
El pronunciamiento de Prudencio surge en medio del debate generado por la convocatoria de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) para interpelar al ministro de Hidrocarburos, Mauricio Medinaceli, por irregularidades en contratos de compra e importación de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) y la distribución de gasolina de mala calidad o “desestabilizada”.
El tema volvió a cobrar relevancia debido a que, en 2023, durante el Gobierno de Luis Arce, se presentaron acciones ante el TCP cuestionando la constitucionalidad de las interpelaciones.
LEE TAMBIÉN: Un hombre es asesinado tras recibir dos impactos de bala en Cochabamba, Fiscalía Investiga el Caso
Respecto al recurso constitucional presentada por el exministro de Economía, Marcelo Montenegro, Prudencio señaló que se trata de un recurso de carácter tutelar vinculado a un caso concreto entre partes, por lo que sus efectos solo alcanzan a los involucrados y no tienen aplicación general.
Precisó que los alcances del amparo constitución que la exautoridad presentó en ese entonces no puede extender sus efectos más allá de las partes directamente implicadas.
LEE TAMBIÉN: Alcaldía prepará un megaescenario para este viernes en la habilitación de las avenidas del Poeta y La Paz
En ese sentido, enfatizó que las resoluciones emitidas en esos procesos no anulan la figura de la interpelación ni modifican su vigencia dentro del ordenamiento jurídico actual.
No obstante, Prudencio mencionó que, si bien los lineamientos principales de la interpelación se encuentran vigente, la Asamblea Legislativa debe aprobar una ley para regular la designación de autoridades censuradas en el mismo cargo
“Ya en 2023 el TCP ha exhortado a la ALP a que promueva el tratamiento, sanción y posterior promulgación de una norma jurídica que llene este vacío, en cuanto a los efectos que tendrán la interpelación y la destitución, si se da el caso, de algún ministro”, señaló.
El vicepresidente del Estado y presidente nato de la ALP, Edmand Lara, convocó para este viernes a un acto de interpelación contra el ministro Medinaceli para que responda por los contratos con presunto sobreprecio en la compra de crudo. Desde el Gobierno anunciaron que la autoridad no asistirá al acto de fiscalización por supuestas irregularidades en los procedimientos establecidos.

