Ante las dudas surgidas sobre los dos certificados de sufragio obtenidos durante las elecciones nacionales de esta gestión, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) aclaró que, a partir del 20 de octubre, las instituciones públicas y privadas solo solicitarán el documento emitido este domingo, durante la segunda vuelta.
“Hasta el día de ayer (sábado) se debía presentar el certificado de sufragio del proceso electoral del 17 de agosto y a partir del lunes, desde mañana, todas las entidades bancarias e instituciones (públicas) van a poder exigir los certificados de hoy, del 19 de octubre por el lapso de tres meses”, declaró el vocal Gustavo Ávila.
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Precisó que no es necesario presentar ambos certificados de sufragio, sino únicamente el documento más reciente. Es decir, el que se entregó este domingo.
Durante la jornada, el presidente del TSE, Oscar Hassenteufel, informó que el documento que acredita el sufragio de agosto era requisito hasta el 18 de octubre y desde el 20 de octubre, se exigirá el certificado del balotaje.
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Asimismo, el vocal Ávila manifestó que aquellos que no pudieron emitir su voto en la segunda vuelta podrán tramitar su certificado de impedimento dentro de los 30 días posteriores a la elección y con una justificación valida.
El certificado de sufragio es un documento que acredita la participación ciudadana en el proceso electoral y es requisito obligatorio, durante tres meses después de la elección, para realizar tramites bancarios, de pasaporte o postular a un cargo público.

