El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) emitió un fallo que obliga a que las candidaturas a la Presidencia y Vicepresidencia del Estado cumplan con el principio de paridad de género a partir de las elecciones nacionales de 2030.
La decisión surge tras una acción presentada por el diputado Israel Huatari, que solicitó extender la paridad (ya vigente en la Asamblea Legislativa y asambleas departamentales) también al binomio presidencial.
LEA TAMBIÉN: Elecciones generales: Lo que debes saber a seis días de los comicios
El magistrado Yvan Espada explicó que, según la resolución, si la candidatura presidencial es encabezada por un hombre, la vicepresidencia deberá ser ocupada por una mujer, y viceversa. “En ejercicio de nuestra atribución de hacer cumplir la Constitución y los derechos fundamentales de las mujeres, hemos resuelto esta medida para garantizar igualdad en el ejercicio del poder político”, afirmó durante un acto en la Universidad Pública de El Alto (UPEA).
La medida no regirá para las elecciones generales de 2025, “para no alterar el proceso electoral en curso”, pero será de cumplimiento obligatorio en los comicios de 2030.
La sentencia se fundamenta en los artículos 8, 11 y 14 de la Constitución Política del Estado, que establecen los principios de igualdad, no discriminación y paridad. “Desde el Tribunal Constitucional estamos reivindicando el derecho de las mujeres a la paridad de género en todos los cargos que permiten ejercer poder político”, enfatizó Espada.
LEA TAMBIÉN: La Policía incauta más de Bs 5 millones en bolsas negras dentro de un auto en La Paz

