Este jueves, la Cámara de Diputados aprobó, en grande y en detalle, el proyecto de ley que establece el debate electoral obligatorio para los candidatos que participen en las elecciones generales del 17 de agosto.
Antes de la aprobación de esta Ley, los jefes de bancada se reunieron para realizar ajustes al contenido del documento donde incorporaron nuevas sanciones para aquellos candidatos que no asistan a los debates.
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Una de ellas es la sanción económica, equivalente al costo total de la transmisión, y el retiro inmediato de su pauta, cuñas, spots y otras formas de comunicación y difusión masiva”.
El proyecto fue aprobado tras un cuarto intermedio en el que representantes del oficialismo y la oposición lograron un consenso sobre su contenido.
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En la aprobación en detalle de la nueva redacción no se consideró la posibilidad de incorporar la inhabilitación de los candidatos que no asistan a los debates, como sugirieron algunos políticos.
De acuerdo con el proyecto de ley, los debates deberán realizarse, de manera presencial, hasta los 15 días previos a la fecha de elección y hasta los cinco días previos a la jornada de elección.
De existir una segunda vuelta, los candidatos habilitados deberán participar en un nuevo debate dentro de los 10 días anteriores a la fecha de la elección.