La Paz, 30 nov.- El juez que otorgó la libertad condicional a Gabriela Zapata, Dr. Abraham Aguirre, se pronunció ante los comentaros que no se dejaron esperar tras la liberación de la privada de libertad. El Dr. Culpa a la prensa y a las personas que, según él, hablaron y hablan sin conocer, el cuaderno de ejecución de antecedentes ni la resolución que se sacó. Aguirre habla sobre la ley de ejecución penal.
“La ley de ejecución penal, en su artículo 39, señala que cumplida la condena o concedida la libertad condicional el penado o la penada debe ser liberado en el día sin más trámite. Ahora durante la ejecución de condena, los penados no solamente pueden acceder a la libertad condicional, pueden acceder al beneficio de extra muro cumpliendo la mitad de la condena y para la libertad condicional se exige dos terceras partes y otros requisitos, detención domiciliaria y otros beneficios que se tramitan durante la ejecución de la condena”. Señaló Aguirre en una entrevista para radio Fides.
A inicios del año 2019, se dictó la condena de diez años para Gabriela Zapata, por los delitos de legitimación de ganancias ilícitas, asociación delictuosa, falsedad ideológica, uso de instrumento falsificado, contribuciones y ventajas ilegitimas y uso de bienes y servicios públicos. Esta condena debería ser cumplida en el penal femenino de Miraflores en La Paz, donde de los diez años que debía pasar privada de libertad solo cumplió tres, debido a este hecho muchas personas expresaron su disgusto.
“El imaginar que una persona condenada a diez, veinte o a cinco años va a estar todo el tiempo privada de libertad es una ficción, porque durante la ejecución de la condena, la persona penada puede acceder a la libertad condicional y otros beneficios de pre libertad o de semi libertad o de libertad anticipada, para poder cumplir el resto de su condena en ese beneficio que le permite acceder a la libertad anticipada. Entonces estos aspectos son los que se describen técnicamente, en apego a la ley y de acuerdo a lo que dice esta, no a lo que uno se imagina, o políticamente puede opinar, o profanamente sin ser abogado, sin tener conocimiento de la ley, el derecho y el procedimiento pueden opinar. Entonces tenemos que hablar sobre cuestiones concretas, sobre datos fidedignos que cursan en el cuaderno de ejecución de condena”. Respondió de esta manera Abraham Aguirre.