La Paz, 18 noviembre (Radio Splendid).- El uso del barbijo fuera de casa, es una medida obligatoria establecida en la Ley Municipal 414 de Regulación de la cuarentena dinámica condicionada y de corresponsabilidad ciudadana para evitar la propagación y contagio del COVID-19 en el municipio de La Paz.
Al respecto la presidenta del Concejo Municipal, Andrea Cornejo, manifestó su preocupación por ciudadanos que, en su circulación dentro de la urbe paceña, no utilizan barbijo dejando de lado una de las medidas de bioseguridad más importantes contra el coronavirus.
“Todas las personas estantes y habitantes del Municipio de La Paz de manera obligatoria tienen que cumplir con los procedimientos individuales de seguridad y salubridad. Uso del barbijo obligatorio fuera de casa y en espacios de interacción social”, establece el inciso b) del artículo 11 de la referida disposición legal.
En el capítulo referido al régimen sancionatorio, la Ley Municipal instaura que el incumplimiento a lo dispuesto en los artículos 11 y 15 que establecen la obligatoriedad del uso del barbijo, deberá ser sancionado.
“El incumplimiento de las medidas establecidas dará lugar a la conducción de él o los infractores hasta la Unidad de Conciliación Ciudadana, donde será sancionada con una multa de 250 UFV o alternativamente a trabajo comunitario en fecha y hora determinada por Autoridad Policial”, refiere el artículo 18 de la norma.