La Paz, 6 may (Radio Splendid).- La Defensoría del Pueblo demandó al Estado boliviano a cumplir con las recomendaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que el 23 de abril pasado urgió a los Estados a brindar una protección reforzada a las personas adultas mayores ante la crisis sanitaria derivada de la pandemia del COVID-19; y solicitó la aplicación de medidas especiales para este grupo vulnerable de la sociedad a fin de evitar que sean expuestos a posibles contagios.
“La Defensoría del Pueblo exhorta al Estado boliviano cumplir con las recomendaciones de la CIDH, desarrollando medidas especiales, como el trato preferencial en el cobro, habilitación de horarios especiales, evaluar la posibilidad de adelantar el pago por dos o tres meses de la Renta Dignidad o de la jubilación, así como facilitar el depósito de estos beneficios directamente en cuentas bancarias con la finalidad de evitar aglomeraciones, entre otras”, señaló la Defensora del Pueblo, Nadia Cruz.
El 23 de abril, la CIDH demandó a los Estados brindar una protección reforzada a las personas adultas mayores de la región y a adoptar las medidas necesarias para garantizar sus derechos de acuerdo con la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, ratificada por el Estado boliviano mediante la Ley 872, y con los estándares y las recomendaciones de su Resolución No. 01/20 “Pandemia y Derechos Humanos en las Américas”.
Aunque destacó algunos avances en el cumplimiento de lo demandado por la CIDH por parte del Estado Plurinacional de Bolivia; sin embargo, dijo que las medidas adoptadas son insuficientes.
En ese sentido, añadió a las demandas que planteó líneas arriba, otras como habilitar de manera inmediata y masiva unidades móviles para que las personas adultas mayores no tengan que salir de sus municipios. Pidió difundir información de manera oportuna y en idioma materno; que de manera prioritaria y preferencial se habiliten pagos mediante unidades móviles en centros de acogida, y que la suspensión del cobro de la renta dignidad, según el Decreto Supremo 29400, no se aplique para que este sector pueda cobrar la canasta familiar.